The History Of The Conquest Of Peru
by
William H. Prescott

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matarnos hian antes que llegasemos a romper con ellos mas de 30
hombres, i siempre con este dano que rescebiamos, caminamos hasta
nos poner a tiro de arcabuz, donde de una parte i de otra jugaron
i se hizo de a mas partes arto dano, i lo mas presto que nos fue
posible porque su artilleria aun nos echava algunas pelotas en
nuestros esquadrones, cerramos con ellos, donde duro la battalla
de lanzas, porras i espadas mas de una grande hora; fue tan
renida i porfiada que despues de la de Rebena no se ha visto
entre tan poca gente mas crue batalla, donde hermanos a hermanos,
ni deudos a deudos, ni amigos a amigos no se davan vida uno a
otro. Finalmente como llevasemos la justicia de nuestra parte,
nuestro Senor en ventura de V. M. nos dio vitoria, i en el
denuedo con que acometio el Governador Baca de Castro el qual
estava sobresaliente con treinta de cavallo, armado en blanco con
una ropilla de brocado sobre las armas con su encomienda
descubierta en los pechos, contra el qual estavan conjurados
muchos de los traidores, pero el como cavallero se les mostro i
defendio tan bien, que para hombre de su edad i profesion,
estamos espantados de lo que hizo i trabajo, i como rompio con
sus sobresalientes, luego desampararon el campo i conseguimos
gloriosa vitoria, la qual estuvo harto dudosa, porque si era mos
en numero ciento mas que ellos, en escoger el campo i artilleria
i nombres de armas i arcabuzes, nos tenian doblada ventaja. Fue
bien sangrienta de entramas partes, i si la noche no cerrara tan
presto, V. M. quedara bien satisfecho destos traidores, pero lo
que no se pudo entonses hacer, ahora el Governador lo hace,
desquartizando cada dia a los que se escaparon: murieron en la
batalla de los nuestros el capitan Per Alvarez Holguin i otros
sesenta cavalleros i Hidalgos; i estan eridos de muerte Gomez de
Tordoya i el Capitan Peranzures i otros mas de ciento. De los
traidores murieron ciento e cinquenta, i mas de otros tantos
eridos; presos estan mas de ciento i cinquenta: Don Diego i otros
tres capitanes se escaparon: cada ora se traen presos, esperamos
que un dia se habra Don Diego a las manos, porque los Yndios como
villanos de Ytalia los matan i traen presos. V. M. tenga esta
vitoria en gran servicio, porque puede creer que agora se acabo
de ganar esta tierra i ponerla debaxo del cetro Real de V. M. i
que esta ha sido verdadera conquista i pacificacion della, i asi
es justo que V. M. como gratisimo Principe gratifique i haga
mercedes a los que se la dieron; i al Governador Baca de Castro
perpetuarle en ella en entramas governaciones no dividiendo nada
dellas porque no hai otra batalla, i a los soldados i vecinos que
en ella se hallaron, remunerarles sus trabajos i perdidas, que
han rescibido por reducir estos Reinos a la Corona Real de V. M.
i mandando castigar a los vecinos que oyendo la voz Real de V. M.
se quedaron en sus casas grangeando sus repartimientos i
haciendas, porque gran sin justicia seria, Sacra M que bolviendo
nosotros a nuestras casas pobres i mancos de guerra e mas de un
ano, hallasemos a los que se quedaron sanos i salvos i ricos, i
que a ellos no se les diese pena ni a nosotros premio ni
galardon, esto seria ocasion para que si otra vez oviese otra
rebelion en esta tierra o en otra, no acudiesen al servicio de V.
M. como seria razon i somos obligados. Todos tenemos por cierto,
quel Governador Baca de Castro lo hara asi, i que en nombre de V.
M. a los que le han servido hara mercedes, i a los que no
acudieron a servii a V. M. castigara. S. C. C. M. Dios todo
poderoso acreciente la vida de V. M. dandole vitoria contra sus
enemigos, porque sea acrescentada su santa fee, amen De San Joan
de la Frontera a 24 de septiembre de 1542 anos. - Besan las
manos i pies de V. M. sus leales Vasallos, - Hernando de Silva, -
Pedro Picarro, - Lucas Martinez, - Gomez de Leon, - Hernando de
Torre, - Lope de Alarcon, - Juan de Arves, - Juan Flores, - Juan
Ramirez, - Alonso Buelte, - Melchior de Cervantes, - Martin
Lopez, - Juan Crespo, - Francisco Pinto, - Alonso Rodriguez
Picado

No. XIV

Process Containing The Sentence Of Death Passed On Gonzalo
Pizarro, At Xaquixaguana, April 9, 1548.

[This instrument is taken from the original manuscript of
Zarate's Chronicle, which is still preserved at Simancas. Munoz
has made several extracts from this Ms., showing that Zarate's
history, in its printed form, underwent considerable alteration,
both in regard to its facts, and the style of its execution. The
printed copy is prepared with more consideration; various
circumstances, too frankly detailed in the original, are
suppressed; and the style and disposition of the work show
altogether a more fastidious and practised hand. These
circumstances have led Munoz to suppose that the Chronicle was
submitted to the revision of some more experienced writer, before
its publication; and a correspondence which the critic afterwards
found in the Escurial, between Zarate and Florian d' Ocampo,
leads to the inference that the latter historian did this kind
office for the former. But whatever the published work may have
gained as a literary composition, as a book of reference and
authority it falls behind its predecessor, which seems to have
come without much premeditation from the author, or, at least,
without much calculation of consequences. Indeed its obvious
value for historical uses led Munoz, in a note indorsed on the
fragments, to intimate his purpose of copying the whole
manuscript at some future time.]

Vista e entendida por Nos el Mariscal Francisco de Albarado,
Maestre de Campo deste Real exercito, el Licenciado Andres de
Cianca, Oidor de S. M. destos Reinos, e subdelegados por el mui
Ilustre Senor el Licenciado Pedro de la Gazca del Consejo de S.
M. de la Santa Inquisicion, Presidente destos Reinos e provincias
del Peru, para lo infra escripto la notoriedad de los muchos
graves e atroces delitos que Gonzalo Pizarro ha cometido e
consentido cometer a los que le han seguido, despues que a estos
Reinos ha venido el Visorrey Blasco Nunez Vela, en deservicio e
desacato de S. M. e de su preminencia e corona Real, e contra la
natural obligacion e fidelidad que como su vasallo tenia e devia
a su Rei e senor natural e de personas particulares, los quales
por ser tan notorios del dicho no se requiere orden ni tela de
juicio, mayormente que muchos de los dichos delitos consta por
confesion del dicho Gonzalo Pizarro e la notoriedad por la
informacion que se ha tomado, e que combiene para la pacificacion
destos Reinos e exemplo con brevedad hacer justicia del dicho
Gonzalo Pizarro.

Fallamos atento lo susodicho junta la dispusicion del derecho,
qua devemos declarar e declaramos el dicho Gonzalo Pizarro haver
cometido crimen laesae Majestatis contra la corona Real Despana
en todos los grados e causas en derecho contenidas despues que a
estos Reinos vino el Virrey Blasco Nunez Vela, e asi le
declaramos e condenamos al dicho Gonzalo Pizarro por traidor, e
haver incurrido el e sus descendientes nacidos despues quel
cometio este dicho crimen e traicion los por linea masculina
hasta la segunda generacion, e por la femenina hasta la primera,
en la infamia e inabilidad e inabilidades, e como a tal
condenamos al dicho Gonzalo Pizarro en pena de muerte natural, la
qual le mandamos que sea dada en la forma siguiente: que sea
sacado de la prision en questa cavallero en una mula de silla
atados pies e manos e traido publicamente por este Real de S. M.
con voz de pregonero que manifieste su delito, sea llevado al
tablado que por nuestro mandado esta fecho en este Real, e alli
sea apeado e cortada la cabeza por el pescueso, e despues de
muerta naturalmente, mandamos que la dicha cabeza sea llevada a
la Ciudad de los Reyes como ciudad mas principa destos Reinos, e
sea puesta e clavada en el rollo de la dicha Ciudad con un retulo
de letra gruesa que diga, Esta es la cabeza del traidor de
Gonzalo Pizarro que se hizo justicia del en el valle de
Aquixaguan donde dio la batalla campal contra el estandarte Real
queriendo defende su traicion e tirania; ninguno sea osado de la
quitar de aqui so pena de muerte natural: e mandamos que las
casas quel dicho Pizarro tiene en la Cibdad del Cuzco . . . . .
sean derribadas por los cimientos e aradas de sal, e a donde
agora es la puerta sea puesto un letrero en un pilar que diga:
Estas casas eran de Gonzalo Pizarro las quales fueron mandadas
derrocar por traidor, e ninguna persona sea osado dellas tornar a
hacer i edificar sin licencia expresa de S. M. so pena de muerte
natural: e condenamosle mas en perdimiento de todos sus bienes de
qualquier calidad que sean e le pertenezcan, los quales aplicamos
a la Camara e Fisco de S. M. e en todas las otras penas que
contra los tales estan instituidas: e por esta nuestra sentencia
definitiva juzgamos e asi lo pronunciamos e mandamos en estos
escritos e por ellos. - Alonso de Albarado; el Lic do Cianca.







 


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